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Autor Tema: 2-febrero-2009  (Leído 982 veces)
Actas de plenos
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« : 25 de Noviembre de 2009, 04:10:35 pm »

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ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA ORDINARIA CELEBRADA
EL 2 DE FEBRERO DE 2009.
En Montefrío, siendo las 19:05 horas del día 2 de febrero de 2009, en primera convocatoria se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial los siguientes señores miembros de la Corporación Municipal: D. ANTONIO JOSÉ ARIZA MONTALBÁN, D. FRANCISCO JAVIER AVILA LOPEZ, D. RAFAEL GARCÍA ÁVILA, D. AGUSTÍN GARCÍA MORENO (Portavoz del Grupo Municipal PSOE), D. PEDRO PEINADO RINCÓN, Dª. MARIA VIRTUDES PUCHE ALCAIDE (Portavoz del Grupo Municipal PP) Dª. MARÍA MAGDALENA PULIDO SÁNCHEZ , Dª. MANUELA RUIZ VALCARCEL, , D. JUAN DE DIOS TRUJILLO PÉREZ (Portavoz del Grupo Municipal PA), D. CRISTÓBAL MIGUEL VALENZUELA ENTRENA, ausente con causa justificada la Sra. Concejala Dª. ANTONIA MARÍA TORRALBO TORRALBO y, bajo la Presidencia de Dª. MARIA REMEDIOS GÁMEZ MUÑOZ, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Montefrío, asistidos por el Sr. Interventor, D. José Antonio Cuevas Valenzuela y por mi, D. Ángel Fernández-Cuevas Fernández, Secretario del Ayuntamiento, al objeto de celebrar sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno de acuerdo con la convocatoria y el siguiente orden del día:
1.-Aprobación, en su caso, de las actas de la sesiones anteriores.
2.-Aprobación inicial del expediente de Contribuciones Especiales “Acondicionamiento y Mejora Camino de las Capillas”
3.-Solicitud de Taller de Empleo “Aben Ismail III”
4.-Solicitud de Casa de Oficios “Monte Ferido”
5.-Ratificación de solicitud de subvención para “Fomento Del Deporte Local”.
6.-Solicitud de ayudas orden 26-12-2007 Andalucía Orienta.
7.-Solicitud de subvención para adaptación parcial NN.SS..
8.-Iniciativa de creación del Consorcio GRANADA RENOVA.
9.-Aprobación bases del concurso ordinario plaza de Vicesecretaría-Intervención.
10.-Resoluciones de alcaldía. Dar cuenta de Resoluciones de Alcaldía adoptadas
11.- Mociones de Urgencia
12.- Ruegos y Preguntas
La presente acta se redacta de conformidad con lo dispuesto en los arts. 50 del RDL 781/ 1986, de 18 de abril, 128.1 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por acuerdo plenario de 19 de febrero de 1988, (B.O.P. 151, de 4 de julio) y 109 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre.
Previa comprobación de la existencia de quórum, se procedió a la apertura de la Sesión y discusión de los asuntos integrantes del orden del día, adoptándose los siguientes acuerdos:
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1.-APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS ACTAS DE LA SESIÓNES ANTERIORES.
Preguntados los presentes si desean hacer reclamaciones a los borradores de las actas de las sesiones anteriores, correspondientes a las sesiones plenarias extraordinaria de 22 de diciembre de 2008 y extraordinaria urgente de 21 de enero de 2009, los asistentes declinaron hacer uso de la palabra por lo que las citadas actas fueron aprobadas con la anuencia de los once miembros presentes de los trece que componen el órgano, permaneciendo en los términos en los que aparece redactada, de conformidad con el artículo 91 del R.O.F.R.J.E.L
Acto seguido, la Presidencia declaró adoptado el acuerdo.-
2.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES “ACONDICIONAMIENTO Y MEJORA CAMINO DE LAS CAPILLAS”
Visto el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda sobre el asunto.
La Presidencia explica los tramites que ha sido preciso llevar acabo con Diputación Provincial para obtener el importe finalmente subvencionado por esta y destaca la colaboración de los propietarios afectados
Todos los Portavoces de los Grupos Municipales, por su orden, se muestran a favor de la propuesta.
Sometido el asunto a votación, el Pleno, con el voto unánime de los once concejales presentes de los trece que conforman su número legal, ACUERDA:
PRIMERO. Acordar provisionalmente la ejecución de la obra “Acondicionamiento y mejora del Camino Rural de las Capillas”, el proyecto de obra correspondiente ha sido aprobado mediante acuerdo del Pleno Municipal adoptado en sesión ordinaria de 4 de octubre de 2.004 y la imposición de contribuciones especiales para la financiación de las citadas obras.
Los beneficiarios soportaran el porcentaje del 69,56% del coste no subvencionado del proyecto, pues el beneficio que genera esta obra, es casi en su totalidad especial o particular para los beneficiarios/ usuarios del camino, siendo el beneficio o utilidad general muy reducido, dado el escaso aprovechamiento que el resto de vecinos, obtendrán de la obra de referencia, pues al ser un camino que sirve de acceso a las fincas afectadas, el resto de vecinos utiliza el camino de forma muy esporádica.
SEGUNDO. Proceder a la determinación y ordenación provisional del Tributo concreto de acuerdo a las siguientes:
DETERMINACIONES ESPECIFICAS:
— El coste previsto de la obra se fija en 182.466,32 euros (161.238,32 euros presupuesto de la obra y 21.228 euros coste redacción del proyecto) y el coste soportado por el Ayuntamiento en 37.351,83 euros.
— Fijar la cantidad a repartir entre los beneficiarios (base imponible) en 25.983,06 euros, equivalente al 69,56% del coste soportado. El coste total presupuestado de la obra tendrá carácter de
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mera previsión. Si el coste real fuese mayor o menor que el previsto, se tomará aquel a efectos del cálculo de las cuotas correspondientes.
— Aplicar el siguiente criterio de reparto:
Hectáreas beneficiadas (incluidas dentro de la zona de afección) por las obras, es decir, cabida de las fincas que tienen su acceso por el camino objeto de la obra determinada en hectáreas, de las que es titular cada sujeto pasivo.
__ Aprobar el pago anticipado de las cuotas de los sujetos pasivos, una vez que el presente acuerdo sea definitivo, de conformidad con lo previsto en el Art. 33.2 TRLRHL, dicho pago será exigido y notificado a los sujetos pasivos junto con la notificación individual de la cuota individual provisional.
DETERMINACIONES GENERICAS:
- Sujetos pasivos. Son sujetos pasivos de estas contribuciones especiales las personas físicas y jurídicas y las Entidades a las que se refiere el Art. 35.4 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, especialmente beneficiadas por la realización de las obras, en concreto los propietarios de los bienes inmuebles, fincas rusticas, que tienen su acceso a través del camino objeto de la obra.
El momento del devengo de las contribuciones especiales se tendrá en cuenta a los efectos de determinar la persona obligada al pago, aun cuando en el presente acuerdo figure otro como sujeto pasivo, y que el mismo anticipe el pago de cuotas. Cuando la persona que figure como sujeto pasivo en este acuerdo de ordenación, y haya sido notificada de ello, transmita los derechos sobre los bienes que motivan la imposición entre el periodo comprendido entre la aprobación y el nacimiento del devengo, estará obligada a dar cuenta de la transmisión efectuada dentro del plazo de un mes desde la fecha de esta y, si no lo hiciera, la acción del cobro se realizara contra quien figuraba como sujeto pasivo en el expediente.
- Exenciones y bonificaciones. No se establecen.
- Devengo. Las contribuciones especiales se devengan en el momento en el que las obras se hayan ejecutado.
Una vez finalizada la realización total de las obras se procederá a determinar los sujetos pasivos, la base y las cuotas individualizadas definitivas, girando las liquidaciones que procedan y compensando, como entrega a cuenta, los pagos anticipados que se hayan efectuado. Si los pagos anticipados han sido realizados por personas que no tienen la condición de sujeto pasivo en la fecha de devengo del tributo, o bien estos exceden la cuota individual definitiva que les corresponde, el Ayuntamiento deberá practicar de oficio la correspondiente devolución.
- Gestión y recaudación. La gestión y recaudación de las cuotas resultantes, en periodo voluntario se realizara por el Ayuntamiento y en periodo ejecutivo por parte de la APAT de Granada.
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- Régimen de Infracciones y Sanciones. De conformidad con lo previsto en el Art. 11 del RDLeg. 2/2002 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se aplicara el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General tributaria y en las disposiciones que la complementen y desarrollen.
TERCERO. Aprobar la relación de los sujetos pasivos que se ven beneficiados por la realización de la obra, superficie de los bienes inmuebles afectados de los que es titular cada beneficiario, y establecer la cantidad / cuota tributaria singular provisional que los mismos deberán abonar a esta Entidad (resultado de aplicar el citado criterio de reparto, resultando una cuota de 31,3671€/Ha:
APELLIDOS Y NOMBRE
NIF
TOTAL SUPER
HAS
CUOTA PROVISIONAL
M2
EUROS
AGUILERA BERMUDEZ ANTONIO
75002214L
12.648
1,26
39,67
AGUILERA CENTENO ANTONIO
23410451Q
76.990
7,70
241,50
ALBA GARCIA VALDECASAS MARGARITA
23457409P
1.057.245
105,72
3.316,27
ALCAIDE VALVERDE FRANCISCO
24060909B
110.539
11,05
346,73
ALVAREZ MALAGON JUAN
75010436F
37.584
3,76
117,89
ARCO COCA ANTONIO
24076878H
74.514
7,45
233,73
ARJONA LUQUE JERONIMO
25294171J
105.301
10,53
330,30
AVILA GUTIERREZ FLORENTINA
23668215L
158.288
15,83
496,50
AVILA PEREZ CRISTOBAL
---
38.066
3,81
119,40
CABA RUIZ FRANCISCA
74607702A
8.897
0,89
27,91
CABA RUIZ ISABEL
74591050A
6.586
0,66
20,66
CABA RUIZ JUANA MARIA
24151336W
9.525
0,95
29,88
CANO CORDOBA FRANCISCO (HEREDEROS DE)
74591804K
27.827
2,78
87,29
CANO LOPEZ JOSE
25851955R
6.450
0,65
20,23
CANO ROSALES FRANCISCO
74999539N
11.639
1,16
36,51
CANO VILCHEZ JACINTA
52530102B
21.469
2,15
67,34
CANTERO RAMIREZ DIEGO
74561021N
30.159
3,02
94,60
CENTENO COCA ANA
23657735G
34.873
3,49
109,39
CENTENO COCA MARIA CATALINA
74561287W
57.103
5,71
179,12
CENTENO COCA MIGUEL
23629765W
41.634
4,16
130,59
CENTENO ROMERO ALFONSO (HEREDEROS DE )
23412785G
131.996
13,20
414,03
CENTENO ROMERO FRANCISCO (HEREDEROS DE)
23419803F
9.527
0,95
29,88
CERVERA CERVERA PEDRO
25855628V
49.390
4,94
154,92
CERVERA CERVERA PEDRO
52533350Q
73.266
7,33
229,81
COBO GARCIA CONCEPCION
25769589K
31.887
3,19
100,02
COCA BARRANCO ISIDRO
23412737W
15.684
1,57
49,20
COCA GARCIA RAFAEL (HEREDEROS DE)
23404440P
184.470
18,45
578,63
COCA MARTIN FLORENTINA
24083974F
18.400
1,84
57,72
COCA MARTIN FEDERICO
23604723F
16.168
1,62
50,71
COCA MARTIN FRANCISCO
23660986N
37.106
3,71
116,39
COCA MARTIN MARIA DOLORES
24111020M
19.825
1,98
62,19
COCA MARTIN RAFAEL
74606385C
118.643
11,86
372,15
COCA RUIZ ISIDRO
74613749R
66.116
6,61
207,39
COCA RUIZ JOSE
24067054S
18.848
1,88
59,12
COCA RUIZ LUIS
74596580J
18.717
1,87
58,71
COCA RUIZ MAXIMILIANO
23631956P
47.257
4,73
148,23
5
COLIM RASTALL
4.056
0,41
12,72
CONTRERAS GORDO JOSE MARIA
29941515T
198.396
19,84
622,31
CONTRERAS GORDO RAFAEL
29931657D
209.753
20,98
657,93
CUEVAS MOYANO REMEDIOS
74577652Z
52.355
5,24
164,22
DIAZ GARCIA FRANCISCO
---
5.992
0,60
18,80
DIAZ GARCIA RAFAEL
---
12.961
1,30
40,65
ESCOBAR MESA JUAN
74960892M
20.858
2,09
65,43
ESCOBAR NIETO JUAN
52530266Z
14.621
1,46
45,86
FRIAS ACEITUNO MERCEDES
52531348S
8.433
0,84
26,45
GALVEZ BERMUDEZ FELIPE
76915975L
28.891
2,89
90,62
GARCIA ARROYO FRANCISCO
25800863S
8.900
0,89
27,92
GARCIA ENTRENA RAFAEL BARTOLOME
23628902J
50.179
5,02
157,40
GARCIA GARCIA JOSE
23572780B
29.822
2,98
93,54
GARCIA VALDECASAS PAEZ GUILLERMO
23466857A
603.508
60,35
1.893,03
GONZALEZ MARTIN GREGORIA
25767246R
42.054
4,21
131,91
GONZALEZ MARTIN JUAN JOSE
25764592S
43.176
4,32
135,43
GONZALEZ PALOMINO MANUEL
25770074T
12.453
1,25
39,06
GUADIX COCA JOSE
74631827R
27.564
2,76
86,46
GUADIX LIÑAN ANTONIO (HEREDEROS DE)
23533901S
5.771
0,58
18,10
GUARNIDO ALCAIDE JOSE (HEREDEROS DE)
23509230X
26.308
2,63
82,52
JIMENEZ CANO RAIMUNDO
23627556R
29.243
2,92
91,73
JIMENEZ MESA MARIA DOLORES
24105308C
6.883
0,69
21,59
JIMENEZ MORENO FRANCISCA (HEREDEROS DE)
24143275Z
5.099
0,51
15,99
JIMENEZ ROSALES MERCEDES
23629060X
23.280
2,33
73,02
JIMENEZ RUIZ ANA MARIA
24194241N
18.903
1,89
59,29
JIMENEZ VALENZUELA FERMIN
24062498J
97.438
9,74
305,63
LIÑAN CENTENO ANA
24052099X
54.943
5,49
172,34
LIÑAN CENTENO CATALINA
24086623B
18.582
1,86
58,29
LIÑAN CENTENO FRANCISCA
74622943H
38.651
3,87
121,24
LIÑAN CENTENO MARIA CATALINA
24068623C
46.527
4,65
145,94
LIÑAN CENTENO MARIA TERESA
74606386K
37.078
3,71
116,30
LIÑAN CENTENO REMEDIOS
74619545R
40.058
4,01
125,65
LIÑAN GARCIA MERCEDES
23424862Y
18.110
1,81
56,81
LIÑAN PEREZ JUAN ANTONIO
24142498L
39.136
3,91
122,76
LIZANA MESA JUAN MIGUEL
25931949R
29.433
2,94
92,32
LOPEZ NIETO ANTONIO
74602426V
31.343
3,13
98,31
LOPEZ NIETO FELICIANA
74607717H
32.073
3,21
100,60
LOPEZ NIETO FILOMENA
24141169R
25.217
2,52
79,10
LOPEZ NIETO PEDRO VALERIANO
24048630Z
38.905
3,89
122,03
LORCA AGUILERA CRISTOBAL
24127329F
69.490
6,95
217,97
LORCA AGUILERA JUAN JOSE
24107876N
19.482
1,95
61,11
LOZANO TORO ANTONIO
74577809X
27.450
2,75
86,10
LOZANO TORO FELIPE
24050132K
17.426
1,74
54,66
LOZANO TORO FRANCISCO
74577757G
10.565
1,06
33,14
6
LOZANO TORO MARIA ISABEL
74602331Z
23.113
2,31
72,50
MALAGON VILCHEZ RAFAEL
74999535P
41.878
4,19
131,36
MARFIL AVILA RAFAEL
25895784S
98.944
9,89
310,36
MARFIL CANO ANTONIO
23419321P
44.838
4,48
140,64
MARTIN AVILA FRANCISCO
23599109M
21.513
2,15
67,48
MARTIN AVILA FRANCISCO
24125604F
52.782
5,28
165,56
MARTIN AVILA MARIA DOLORES
74582730D
25.909
2,59
81,27
MARTIN JIMENEZ MANUEL
23424598H
11.410
1,14
35,79
MARTIN VALENZUELA VALERIANO
74602369Y
30.135
3,01
94,52
MARTIN VALENZUELA DOLORES
74577624D
12.158
1,22
38,14
MENDEZ PULIDO VICENTE
80121692L
50.548
5,05
158,55
MESA CERVERA RAFAEL
75004614G
39.136
3,91
122,76
MORENO COCA MIGUEL
74596657K
42.449
4,24
133,15
MOYANO ARCO ENCARNACION
74619631H
6.995
0,70
21,94
MOYANO ARCO JOSE
24068174P
7.046
0,70
22,10
MOYANO ARCO NATALIA
74577778W
7.439
0,74
23,33
MOYANO NIETO LUIS
17814145R
55.283
5,53
173,41
MOYANO RUIZ ANA MARIA
24081588J
576
0,06
1,81
NIETO COCA FRANCISCO (HEREDEROS DE)
74590923Z
617
0,06
1,94
NUÑEZ LOPEZ ANTONIO
23553872D
131.558
13,16
412,66
NUÑEZ LOPEZ CATALINA
23629666H
14.066
1,41
44,12
NUÑEZ LOPEZ MARIA
23409100E
22.824
2,28
71,59
ORTUÑO MARTIN ANA MARIA
44252450J
31.545
3,15
98,95
PEREZ ARENAS JUAN
25852139R
14.146
1,41
44,37
PEREZ CENTENO LUIS
23412780E
56.901
5,69
178,48
PEREZ GARCIA JOSE
76916127X
41.952
4,20
131,59
PEREZ GARCIA LIBORIO
24148327Y
17.429
1,74
54,67
PEREZ GARCIA REMEDIOS
24245393N
18.555
1,86
58,20
PEREZ GONZALEZ FRANCISCO
74619632L
34.279
3,43
107,52
PEREZ GONZALEZ LUIS
74622893Z
39.195
3,92
122,94
PEREZ PULIDO DOMINGO
74577690Y
103.546
10,35
324,79
PEREZ RODRIGUEZ ANTONIO JOSE
23658093V
86.282
8,63
270,64
PEREZ RUIZ FRANCISCO
74617297F
19.455
1,95
61,02
PEREZ SANCHEZ JUAN
23404460M
53.592
5,36
168,10
PULIDO ENTRENA PEDRO
74631776L
18.301
1,83
57,40
RAMIREZ CANO ANGEL
74596662A
189.643
18,96
594,86
RAMIREZ CANO ANGUSTIAS
74596660R
50.037
5,00
156,95
RAMIREZ CANO ANTONIO
23404450H
68.529
6,85
214,96
RAMIREZ CANO CRISTOBAL
---
29.229
2,92
91,68
RAMIREZ CANO JUAN CUSTODIO
74961409Q
81.111
8,11
254,42
RAMIREZ CANO VALERIANO
23655824W
212.134
21,21
665,40
RAMIREZ GARCIA LAZARO
23553971Q
47.532
4,75
149,09
RAMIREZ RUFIAN DANIELA
74966911K
25.413
2,54
79,71
RAMIREZ RUFIAN VIRTUDES
74959948G
26.396
2,64
82,80
RAMIREZ RUIZ FRANCISCO
25912831L
9.566
0,96
30,01
RAMIREZ VILLEN ANTONIO ANTOLIN
24164528S
850
0,09
2,67
ROLDAN VILLEN ANA MARIA
30031082M
31.893
3,19
100,04
RUIZ ARIZA ARGIMIRA
74852854k
11.480
1,15
36,01
RUIZ ARIZA FRANCISCO
74582855L
11.864
1,19
37,21
RUIZ ARIZA JUAN MANUEL
74607675E
30.839
3,08
96,73
RUIZ CERVERA RAFAEL (HEREDEROS DE)
23424861M
19.980
2,00
62,67
RUIZ COCA JUAN ANTONIO
74560653N
31.834
3,18
99,85
RUIZ COCA MAGDALENA
74560654J
43.785
4,38
137,34
7
RUIZ COCA REMEDIOS - HINOJOSA PULIDO FRANCISCO ANTONIO
74560655Z -74960971S
21.188
2,12
66,46
RUIZ GARCIA FRANCISCA (HEREDEROS DE)
23553958A
10.839
1,08
34,00
RUIZ GARCIA MARIA JOSEFA (HEREDEROS DE)
74596657K
10.738
1,07
33,68
RUIZ LIÑAN ANA
---
6.424
0,64
20,15
RUIZ LIÑAN ARGIMIRA (HEREDEROS DE )
23419411Y
7.941
0,79
24,91
RUIZ LIÑAN RAFAEL
76916128B
8.191
0,82
25,69
RUIZ LIÑAN RAFAEL
74619591R
13.608
1,36
42,68
RUIZ NIETO JOSE 2
---
15.693
1,57
49,22
RUIZ RUIZ LUIS
24155958R
12.181
1,22
38,21
RUIZ RUIZ RAFAEL
23629691C
62.170
6,22
195,01
SANCHEZ BERMUDEZ ANTONIO
52532052Y
8.883
0,89
27,86
SANCHEZ BERMUDEZ FRANCISCO
75015842P
15.328
1,53
48,08
SANCHEZ MONTAÑEZ PEDRO
23510064Q
24.587
2,46
77,12
TIRADO ENTRENA MARIA DOLORES
52533418S
47.695
4,77
149,61
TORO GUARNIDO ANTONIO RAMON
74561132P
14.704
1,47
46,12
TORO GUARNIDO BARBARA
---
9.020
0,90
28,29
TORO GUARNIDO FRANCISCA
---
12.476
1,25
39,13
TORO GUARNIDO JUAN RAFAEL
---
13.090
1,31
41,06
TRUJILLOS ARIZA FRANCISCA
74991063T
17.671
1,77
55,43
UREÑA MAZUECOS MARIANA
23410589Q
56.208
5,62
176,31
VALENZUELA CANO CRISTOBAL
23419926S
234.170
23,42
734,52
VALENZUELA CANO SALOME
30881365R
171.577
17,16
538,19
VALENZUELA MONTORO RAFAEL
23475409E
117.547
11,75
368,71
VALENZUELA VALENZUELA PEDRO
74596502G
9.611
0,96
30,15
VEGA AVILA RAFAEL (HEREDEROS DE)
24143275Z
19.040
1,90
59,72
VEGA JIMENEZ PLACIDO
25.889
2,59
81,21
VERDOJO BAENA ANTONIO
23627692E
77.370
7,74
242,69
VILCHEZ PASADAS AMADOR
74960898B
75.186
7,52
235,84
CUARTO. Exponer y publicar el acuerdo provisional íntegro en el tablón de anuncios de la Entidad y en el Boletín Oficial de la Provincia respectivamente, durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho período los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en Asociación administrativa de contribuyentes, según lo dispuesto en el artículo 36.2 del TRLHL.
Transcurrido el término de exposición al público sin que se hayan presentado reclamaciones, el Acuerdo provisional se elevará a definitivo. Procediéndose a su publicación en el B.O.P. y a notificarse, de forma individualizada a los beneficiarios de la obra la cuota que resulta de la contribución aprobada.
Acto seguido, la Presidencia declaró adoptado el acuerdo.-
3.- SOLICITUD DE TALLER DE EMPLEO ABEN ISMAIL III.
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Visto el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Asuntos Generales sobre el asunto.
La Presidencia informa que el Taller de Empleo propuesto se integra de dos módulos para diez alumnos cada uno : Mantenedor de Interior de Edificios e Instalador de Sistemas de Energía Solar Térmica, con una duración de doce meses y destinado a mayores de 25 años, preferentemente usuarios de Andalucía Orienta, Colectivos en riesgo de exclusión y mujeres.
Todos los Portavoces de los Grupos Municipales, por su orden, se muestran a favor de la propuesta.
Sometido el asunto a votación, el Pleno, con el voto unánime de los once concejales presentes de los trece que conforman su número legal, ACUERDA:
Primero. Aprobar el Proyecto de Escuela Taller denominado " ABEN-ISMAIL III", incluido en el expediente 50/2.009, con un presupuesto total de 428.438,20 euros para su ejecución desde el 01/07/09 hasta el 30/06/10, solicitar a la Consejería de Empleo, Servicio Andaluz de Empleo, la concesión de una subvención por importe de 425.262,00 euros para dicha Escuela Taller, comprometiéndose esta Corporación a consignar en los Presupuestos Municipales 2.009, la cantidad que debe aportar el Ayuntamiento al proyecto, por importe de 3.176,20 euros y asumiendo igualmente el compromiso de aportar la financiación necesaria de todos aquellos gastos no incentivables por el Servicio Andaluz de Empleo.
Segundo. Remitir copia del presente acuerdo a la Consejería de Empleo, Servicio Andaluz de Empleo
Acto seguido, la Presidencia declaró adoptado el acuerdo.-
4.- SOLICITUD DE CASA DE OFICIOS “MONTE FERIDO”.
Visto el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Asuntos Generales sobre el asunto.
La Presidencia informa que la Casa de Oficios propuesta se integra de dos módulos para diez alumnos cada uno : Ayuda a Domicilio y Atención Geriátrica, con una duración de doce meses y destinada a menores de 25 años, preferentemente usuarios de Andalucía Orienta y mujeres
Todos los Portavoces de los Grupos Municipales, por su orden, se muestran a favor de la propuesta.
Sometido el asunto a votación, el Pleno, con el voto unánime de los once concejales presentes de los trece que conforman su número legal, ACUERDA:
Primero. Aprobar el Proyecto de Casa de Oficios denominado " MONTE FERIDO", incluido en el expediente 49/2.009, con un presupuesto total de 263.153,03 euros para su ejecución desde el 01/07/09 hasta el 30/06/10, solicitar a la Consejería de Empleo, Servicio Andaluz de Empleo, la concesión de una subvención por importe de 260.778,00 euros para dicha Casa de Oficios, comprometiéndose esta Corporación a consignar en los Presupuestos Municipales 2.009 la cantidad que debe aportar el Ayuntamiento al proyecto, por importe de 2.375,03 euros y
9
asumiendo igualmente el compromiso de aportar la financiación necesaria de todos aquellos gastos no incentivables por el Servicio Andaluz de Empleo.
Segundo. Remitir copia del presente acuerdo a la Consejería de Empleo, Servicio Andaluz de Empleo
Acto seguido, la Presidencia declaró adoptado el acuerdo.-
5.-RATIFICACIÓN DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA “FOMENTO DEL DEPORTE LOCAL”.
Visto el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Asuntos Generales sobre el asunto.
La Presidencia explica que, al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006 (ultima modificación de fecha 23 de diciembre de 2008) de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, el plazo para solicitar las subvenciones que, en materia de deporte, prevé la citada orden coincide con el mes de enero de cada año natural. Por esa razón ha sido preciso adelantar la solicitud en fecha 30 de enero por resolución de Alcaldía, tanto para este expediente sobre Fomento del Deporte Local como para otra subvención cuya inclusión en el orden del día se propondrá posteriormente al Pleno como moción de urgencia. La ayuda solicitada para FOMENTO DEL DEPORTE LOCAL es de 22.679 €, lo que supone el 100% de la inversión, y se incluyen las siguientes actividades:
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